00:00La denuncia de reclutamiento de ciudadanos bolivianos por el conflicto de Rusia-Ucrania ha generado alerta.
00:05El abogado constitucionalista Gustavo Mendoza explicó los delitos que podrían configurarse
00:10y recordó que Bolivia también está sujeta a tratados internacionales sobre este tema.
00:16Estos hechos están enmarcados en tipos penales, en descripciones que sancionan este tipo de conductas.
00:22Es así que el Estado boliviano, dentro de su normativa penal, lo configura bajo el tipo penal denominado
00:29trata y tráfico de personas, en el artículo 281 bis del Código Penal.
00:35La Constitución Política del Estado, en el artículo 15, precautela la vida, prohíbe la esclavitud,
00:41pero también busca evitar todo tipo de prácticas relacionadas a la trata y tráfico.
00:47Señaló que engañar a personas para trasladarlas a zonas de conflicto puede constituir el delito
00:53de trata y tráfico de personas, sancionado por el Código Penal y respaldado por convenios internacionales.
01:01En ese contexto tiene estricta relación con el Código Penal, pero a la vez con tratados
01:05internacionales suscritos y ratificados por Bolivia.
01:08Tal es el caso de una instancia internacional como la Organización de Naciones Unidas,
01:12que a través del protocolo de Palermo, el 2000, busca evitar la trata y tráfico.
01:18Bolivia sigue esa misma línea, el 2005 incorpora este tipo penal en el Código Penal
01:23y también el 2005 ratifica a través de una ley de ratificación y el 2006 incorpora en el Código Penal.
01:32El día de hoy, las autoridades bolivianas tienen el deber y obligación de no solamente prevenir,
01:40sino perseguir y sancionar todo tipo de práctica conducente a engañar a personas con fines de traslado
01:49y en este caso puntual, con el objeto principal de que se pueda recolectar personas con una intención
01:58de trasladarlos a situaciones o escenarios de conflicto bélico.
02:04Añadió que los principales responsables son los captadores, quienes podrían enfrentar penas
02:09de hasta 30 años de prisión en casos agravados, además de las acciones que correspondan en el ámbito internacional.
02:17Este tipo penal prevé una sanción de 0 a 15 años, pero existen agravantes cuando la víctima
02:23pueda perder la vida, inclusive la sanción máxima que se prevé es hasta 30 años sin derecho a indulto.
02:30Los captadores y todos aquellos partícipes de esta organización o asociación tienen que ser perseguidos penalmente.
02:38De hecho, las agravantes que prevé el Código Penal también tienen que ver con organizaciones criminales.
02:44Estas conductas, cuando existe una organización, permiten que se incrementen las penas por esta conducta.
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