- hace 1 día
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de cobrar dobles pensiones sin límite para los trabajadores cuyo patrón directo es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). La resolución establece que la suma de una pensión por jubilación y otra derivada de un riesgo de trabajo o viudez no puede superar el último salario percibido por el empleado al momento de su retiro.
La medida afecta de manera directa a 378 mil trabajadores del IMSS y a cerca de 472 mil empleados del ISSSTE a nivel nacional. Las instituciones aplicarán un ajuste automático a la baja para quienes rebasen el límite salarial. Si un trabajador ganaba 28 mil pesos mensuales en activo, pero la suma de su jubilación y su pensión por riesgo de trabajo alcanza los 45 mil pesos, el pago mensual sufrirá un recorte para igualar únicamente los 28 mil pesos originales.
Impacto en pensiones por viudez y déficit gubernamental
El dictamen del máximo tribunal impacta severamente a las pensiones por viudez dentro del ISSSTE. El marco legal determina que el pago conjunto no debe exceder los 10 salarios mínimos, equivalentes a un aproximado de 34 mil 800 pesos. Las autoridades justifican estos ajustes ante el déficit financiero que enfrentan las instituciones de seguridad social, buscando redirigir recursos hacia el mantenimiento de programas sociales.
La aplicación retroactiva de la ley genera alerta entre los especialistas financieros. Casos recientes demuestran que el gobierno federal recorta pensiones previamente ganadas por trabajadores sindicalizados de dependencias como Pemex o la Comisión Federal de Electricidad, aplicando el artículo 127 constitucional. Esta situación siembra dudas sobre el futuro de los esquemas de inversión voluntaria.
La preocupación se extiende hacia la Modalidad 40 del IMSS. Los trabajadores invierten hasta 13 mil 800 pesos mensuales en este esquema con la expectativa de alcanzar una jubilación superior a los 60 mil pesos. Ante los recortes institucionales, surge el temor de que las autoridades impongan un tope retroactivo a estas aportaciones, lo que mermaría drásticamente el capital proyectado por los contribuyentes.
La medida afecta de manera directa a 378 mil trabajadores del IMSS y a cerca de 472 mil empleados del ISSSTE a nivel nacional. Las instituciones aplicarán un ajuste automático a la baja para quienes rebasen el límite salarial. Si un trabajador ganaba 28 mil pesos mensuales en activo, pero la suma de su jubilación y su pensión por riesgo de trabajo alcanza los 45 mil pesos, el pago mensual sufrirá un recorte para igualar únicamente los 28 mil pesos originales.
Impacto en pensiones por viudez y déficit gubernamental
El dictamen del máximo tribunal impacta severamente a las pensiones por viudez dentro del ISSSTE. El marco legal determina que el pago conjunto no debe exceder los 10 salarios mínimos, equivalentes a un aproximado de 34 mil 800 pesos. Las autoridades justifican estos ajustes ante el déficit financiero que enfrentan las instituciones de seguridad social, buscando redirigir recursos hacia el mantenimiento de programas sociales.
La aplicación retroactiva de la ley genera alerta entre los especialistas financieros. Casos recientes demuestran que el gobierno federal recorta pensiones previamente ganadas por trabajadores sindicalizados de dependencias como Pemex o la Comisión Federal de Electricidad, aplicando el artículo 127 constitucional. Esta situación siembra dudas sobre el futuro de los esquemas de inversión voluntaria.
La preocupación se extiende hacia la Modalidad 40 del IMSS. Los trabajadores invierten hasta 13 mil 800 pesos mensuales en este esquema con la expectativa de alcanzar una jubilación superior a los 60 mil pesos. Ante los recortes institucionales, surge el temor de que las autoridades impongan un tope retroactivo a estas aportaciones, lo que mermaría drásticamente el capital proyectado por los contribuyentes.
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NoticiasTranscripción
00:00cumplidos, estoy en conservación
00:02de derechos, tengo un derecho. Es la normal.
00:04Es la normal. La que conocemos, ¿no?
00:06Todos nos vamos a pensionar por el
00:08INSS a los 60 años, ¿ok? Sí.
00:09Pero hay trabajadores que
00:12están dentro del sistema del seguro
00:14social, que su patrón es el seguro
00:16social. Bueno, entonces,
00:18¿qué pensión puedo recibir?
00:20A partir de esta
00:21de la Suprema Corte de Justicia
00:24acaba de dictaminar
00:26que el Instituto Mexicano del Seguro Social
00:28declara inconstitucional el artículo 4
00:30y 5, ¿sí? Que son para
00:32los trabajadores que su patrón
00:34es el seguro social. ¿Qué
00:36pasa? Si yo soy
00:38una trabajadora del seguro social, ya cumplí mis años
00:40de servicio, una jubilación por año
00:42de servicio, pero tengo,
00:44tuve un accidente de trabajo,
00:46un accidente laboral. ¿Por qué? Porque muchas
00:48enfermeras levantan a las personas
00:50pesadas o se caen,
00:52etcétera, etcétera. Un riesgo de trabajo.
00:54Estaba recibiendo un riesgo de trabajo.
00:55Y cuando ya tienen sus años de
00:57servicio, piden la pensión por
00:59años, por su tiempo elaborado.
01:02Bueno, ¿qué dice la Suprema
01:03Corte? No tienes derecho a recibir
01:05dos pensiones.
01:07Y ya dice, se tiene que ajustar
01:10al proceso de trabajo,
01:12que es este, al tope salarial,
01:14que es un médico, un médico
01:15general, que son 8,400
01:17pesos mensuales, ¿sí?
01:19El salario, perdón, quincenales,
01:22que es la base con
01:23que te van a topar las pensiones.
01:25Entonces, si tú tenías una pensión por
01:28riesgo de trabajo y luego pides tu
01:29jubilación, te van a topar al último
01:32salario que tenías percibido del año
01:34cotizado. Quiere decir que si yo era
01:36trabajadora del Seguro Social y ganaba
01:38800 pesos como enfermera y tengo una
01:41pensión por riesgo de trabajo y supera
01:43esos 800 pesos en mi pensión, me van a
01:47bajar el proceso, ¿sí? O sea, me van a topar
01:50las pensiones. Dice, sí, pero
01:53no tengo derecho, no, ya no. A partir
01:55de este, de la Suprema Corte acaba
01:57de definir que no. Dice que el
01:59tabulario institucional y si no podrán
02:00ganar más de su última persión salarial,
02:03¿sí? Entonces, la resolución del
02:05máximo tribunal no elimina recibir
02:07dos derechos, dos pensiones, sino que
02:10confirma la pensión por jubilación y
02:12la derivada de un riesgo de trabajo
02:14no puede superar el salario que
02:16perciba el trabajador al momento de
02:18retiro. En el IMSS, para trabajadores
02:21del Issste, también. Si yo tengo una
02:24pensión de jubilación por año de
02:26servicio, soy trabajador federal y
02:29aparte tengo la pensión de viudés con
02:31esta resolución de la Suprema Corte,
02:33no va a exceder los 10 salarios
02:35mínimos, que son 34,800 pesos. Se me
02:39murió el marido, yo recibía una pensión
02:41de 34,000 pesos. Se me murió el marido
02:44y la pensión de viudés va a ser
02:47coordinada, va a ser conjunta, donde no
02:48exceden los 10 salarios mínimos.
02:50¿Afecta? Sí afecta. En este momento
02:53afecta a 378,000 trabajadores del
02:55IMSS y casi 472,000 trabajadores del
02:59Issste. ¿Por qué? Porque estaban
03:01ganando, yo soy trabajador federal del
03:03IMSS, entonces yo recibo una pensión de
03:0735,000 pesos y aparte tengo una pensión
03:09de riesgo de trabajo, pero ganaba 25,000
03:12pesos, pues entonces me van a coordinar las
03:15dos y me van a poner un tope salarial, me
03:17van a poner, me van a bajar mi percepción
03:19mensual, sí va a bajar, te la van a
03:22ajustar, así como trabajador jubilado.
03:23¿De cuánto? ¿De cuánto se la van a
03:25bajar? Depende, por ejemplo, si yo
03:26ganaba en mi, yo tenía una pensión de
03:2835,000 pesos y aparte recibí una
03:31pensión por riesgo de trabajo de 10,000
03:33pesos, pero mi salario eran 28,000
03:36pesos, pues la suma entre las dos no
03:38puede ser. O sea, el salario antes de tu
03:39jubilación. Eran 28,000 pesos. Eran 28.
03:41Por año de servicio. Y hoy tienes 10 por riesgo
03:44de trabajo. Y 35 por tu pensión. Y 35 por tu
03:48jubilación. Bueno, como no va, no tiene que
03:50superar los 28 pesos, te van a hacer un
03:53ajuste. ¿Por las dos? Por las dos.
03:55¿Les van a bajar a las dos? Les van a bajar a las
03:57dos. Las dos no pueden exceder mi último
04:00salario que tenía como trabajador. Sí
04:02afecta, claro que sí afecta, ¿sí? Porque
04:05afecta a 378,000 trabajadores del IMSS a
04:08nivel nacional, donde van a bajar. En el
04:10liste también. En el liste van a aplicar
04:12la misma. En el liste también van a aplicar
04:13la misma. Es solamente, estamos hablando
04:15de trabajadores del seguro social y
04:18del liste. No que sean afiliados como
04:21nosotros, ¿verdad? ¿Cuántas pensiones
04:23puedo recibir? Bueno, ya tengo la
04:26desestantía que yo trabajé. Sí. ¿Ok?
04:29¿Quién en general o ellos nada más? No, no.
04:31Estamos hablando. La mía, de trabajador
04:32general. Trabajadores, sí. Que coticea a
04:34empresas privadas. Sí. No a no a
04:36dependencias federales. Estos dos recortes
04:38son para dependencias federales. Estamos
04:41hablando de que está el gobierno
04:43viendo de dónde sacan dinero. Viendo de
04:45dónde recortar dinero. Y corta dinero. Las
04:48pensiones. Para programas sociales. Pues
04:51en general, porque trae un déficit muy
04:54fuerte. Horrible. Mira, ya estamos
04:55metiéndonos otros temas, pero igual, tiene
04:57una explicación, ¿verdad? Exactamente. Ya
04:59les les topó también a los de la
05:03comisión y a los de Pemex, a los que
05:05estaban ganando pensiones. Pero había
05:08pensiones de casi cuatrocientos,
05:09ochocientos mil pesos, ¿sí? Correcto. Y
05:11vean, cientos sesenta y nueve, dijo,
05:13pobrecitos, ¿qué van a hacer con eso? Pero
05:15tampoco. Pero es un derecho ganado. Les, y
05:18les aplicó la retroactividad, les hizo
05:20la retroactividad, el ciento veintisiete,
05:22que es inconstitucional. Les aplicó la
05:25ley retroactivamente. Sí, retroactivamente. Y
05:28eso está afectando. Que sí, que muchos
05:30dicen. O sea, a muchos les indigna. Sí.
05:33Esas pensiones. Recuerda. Tú no dices, de
05:35trescientos, cuatrocientos mil pesos.
05:37Cuando no ganaban eso mensual. No, no
05:39ganaban eso mensual. ¿Cómo le hicieron
05:40para tener esas pensiones? Pues son
05:42derechos ganados de los sindicatos.
05:43Acordémonos que son trabajadores
05:46federalizados, sindicalizados. Bueno. Y
05:47son, son estas, son ventajas de estar
05:49sindicalizados. Que ya no sé, que ya no
05:51se dé esto, pero a los otros ya lo
05:54tenían. Se los aplicaron retroactivamente.
05:56¿A qué vamos? A que el gobierno está
05:58en esto de las pensiones, viendo dónde
06:00mete tijera, bajarle. Exactamente. Porque
06:03si es cierto, es una bola de nieve. No
06:05está. No está. Es el treinta y cuatro
06:07punto cinco por ciento. No puede ya el
06:09gobierno sostener muchos gastos. No, no
06:12puede. Y quiere, y quiere sostener otros
06:14como los programas sociales, ¿verdad? Exactamente.
06:16Sí. Que está bien, pues está bien, pues ya
06:18también. Pues sí, pero no, no, no. Mucha
06:20gente los necesita. Sí, exactamente. Y los
06:21necesitamos. En fin, y la economía necesita
06:23que la gente tenga dinero. Sí. Ahora, ¿cuántas
06:26pensiones puedo tener derecho al
06:28recibir? Aquí viene el problema, que
06:30muchas, que muchas, como no sabemos, no
06:32cobramos pensiones a la cual tenemos
06:35derechos. Por ejemplo, ya tengo la miel,
06:37estoy, dicen, no, comadre, atienda, tu
06:38viento, me van a dar la otra. No, tengo
06:40derecho a la pensión por cesantía. Tengo
06:42derecho a la pensión de viudés.
06:45Desafortunadamente, se me muere un hijo
06:47con ciento cincuenta semanas cotizadas.
06:50Estaba en conservación de derechos. Tengo
06:51derecho a una pensión por ascendencia. Tuve
06:54un riesgo de trabajo, también aquí la puedo
06:56cobrar, ¿sí? Son cuatro. Y aparte, doy
06:59clases en la, en la tarde, soy trabajador
07:01federal, y en la mañana trabajo para
07:03Juan Pérez. Tengo derecho a una
07:05jubilación y a unas pensiones. Entonces,
07:07tengo cuatro cuando son compatibles. Hay
07:10una que es incompatible, que hay que
07:12tener mucho cuidado, que es la de, la de
07:14enfermedad, ¿sí? Cuando la de invalidez, la
07:17de invalidez es incompatible con la
07:20cesantía. ¿Por qué? Porque dices tú, bueno,
07:22una persona inválida, ya no puede seguir
07:24aportando. Entonces, llega a los sesenta
07:27años, ya no se puede cambiar por un
07:29riesgo de trabajo. Cuando tú tienes una
07:31pensión de riesgo de trabajo, depende
07:33tu calificación, depende del sistema.
07:35Entonces, te van a decir, y cuando tengas
07:38sesenta años, te van a llamar. Te van a
07:40decir, te la voy a cambiar por una de, de
07:42cesantía. Ahí ya se juntan las dos y ya
07:46subes a otro sistema, donde si tenías una,
07:48pues, riesgo de trabajo del veinte por
07:50ciento, te la voy a subir setenta y cinco
07:51por ciento por cesantía. A veces es en
07:54automático. Entonces, hay que tener mucho
07:56cuidado cómo vamos. Hay que tener mucho
07:58cuidado lo que vemos en las redes sociales.
08:01Por ejemplo, sigue apareciendo un decreto
08:03ahí que dice, te puedo decir a los cincuenta
08:05y cinco años. Y me están llegando muchas
08:07personas con, oiga, es que dice la
08:08presidenta que yo me puedo pensionar. Es
08:10para trabajadores federales que
08:13pertenezcan al régimen décimo transitorio.
08:16En el SINABID del Issste, que es el
08:19Historia Laboral, ahí dice a qué régimen
08:22pertenece. Hay que sacar el SINABID. A
08:24veces, mira, a veces me da tristeza porque
08:27son trabajadores, estos son maestros,
08:29saben mucho, pero a veces les preguntas.
08:31Maestro Enrique, me dicen, sabe, no sé.
08:33¿Cómo que no sabe, maestro? Pero ustedes
08:35decimos, te lo cuentas individual, sí,
08:36¿qué es eso? O sea, no hay la suficiente
08:39información. Tenemos años en el mercado,
08:41años en la radio, las redes sociales, y a
08:44veces no sabemos lo que nos vamos a
08:47llevar, cómo le podemos hacer para
08:49tener una mejor vejez, cómo le podemos
08:52hacer, o bajo qué régimen estoy, ¿sí?
08:54Ustedes decimos transitorio de cuentas
08:56individuales, no sé. Entonces, ahí en el
08:58cuentas, en el SINABID, que es el
09:01Historia Laboral del Issste, nos va a
09:04decir los años cotizados, los años que
09:08tengo, ¿en qué régimen estoy? Si son cuentas
09:10individuales de decimos transitorios, son
09:12muy diferentes. Entonces, me dice, en el
09:15Issste me van a bajar, si tienes una
09:17pensión por rego de trabajo y de la, y tu
09:21jubilación por año de servicio, hay un
09:24tope salarial que son 10 salarios mínimos.
09:27Ahora, viene contra el IMSS, ¿recuerdas
09:29hace como unos 4 o 5 años, no recuerdo
09:32bien, que salió en el periódico Reforma,
09:34así grandote en primera, recortan las
09:37pensiones del IMSS a 10 salarios mínimos,
09:39¿sí? ¿Te acuerdas de eso? Sí, sí. Que
09:41estábamos allá en otra, entonces dijo, o
09:44sea, ya hice un intento, no pasó, pues
09:47hay que prepararnos, hay que estar muy
09:49bien asesorados, hay que ver que, hay
09:52que ver mi situación en el CISEC, en el
09:55IMSS, ¿cómo me voy a ir? Dice, la
09:57modalidad 40, pues no la pueden quitar, y
10:01si entro a la modalidad 40 y luego me
10:02quitan, es que no puede ser, no podía
10:05ser retroactivo, el 127 ya nos dio una
10:08alerta roja, donde puede hacer retroactivo,
10:10¿qué tal si pagas 13 mil 800 pesos, casi
10:13la modalidad 40 de ahorita, y de pronto
10:15te salen, no, solo son 10 salarios
10:17mínimos, y esperas una pensión de 60 y
10:19dices tú, solo 10 salarios mínimos a
10:2124 mil 800 pesos, que es el otro
10:25coscorrón que quieren aplicar. Pues ojalá
10:28que no, que no se les ocurra. Que no por los
10:30que vienen, ¿no? Que le recorten otras
10:32partes. Sí. Pati, muchas gracias. Todo lo
10:34contrario, estoy a sus órdenes. ¿Tu teléfono
10:36celular? Estamos en 6628-47-53-47, estamos en
10:41Galena 45, estamos en Cerdán 122, y en
10:45Florentito del Seguro Social a la
10:47Delegación. En Guaymas ya no hay
10:49en Guaymas no tengo ahorita. ¿No?
10:51¿Obregón? No, tengo una chica, Obregón,
10:53si tengo, tengo a Sergio, ahí a dos
10:55cuadras del Seguro Social. Que se
10:57reporten contigo nuestros amigos de
10:59Obregón, y ya tú los canalizas con
11:01Sergio, entonces, ¿cuál es tu teléfono? Es
11:046628-47-53-47. Para alguna consulta más
11:08especializada, ¿verdad? Patricia Jiménez
11:11lo va a atender. Gracias, nos vemos el
11:13próximo lunes. Vamos a un corte, regresamos.
11:17Expreso 24-7, noticias que se mueven
11:21contigo. Regresamos.
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