- hace 18 horas
En diálogo con Exitosa, Ronald Power, vocero de SUTRAN, se refirió acerca de los buses que transportan turistas de Aguas Calientes a Machu Picchu con revisiones técnicas fraudulentas. Adelantó que ya se han iniciado actividades vinculadas a la fiscalización.
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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"
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00:00Nosotros hemos tomado nota de esta información, entiendo que el sábado pasado comentaste sobre estas incidencias que se han suscitado,
00:08hemos recabado información de las placas vehiculares que han estado involucradas y en efecto hemos iniciado algunas actividades vinculadas a
00:19la fiscalización de tipo de gabinete y en este momento, bueno, obviamente como un tema estratégico no podría brindar mayor
00:25información sobre ello.
00:27No obstante, quiero dejar claro que al tomar esta información que nos has puesto en conocimiento, nos está sirviendo para
00:34iniciar acciones de control de manera inmediata.
00:39Está con nosotros en el hilo telefónico Ronald Power, vocero de la SUTRAN. ¿Cómo estás, Ronald? Buenas tardes. Gracias por
00:45estar en Exitosa.
00:46Buenas noches, Tito. Muchísimas gracias por este espacio y en primer lugar recibe un cordial saludo nuestro superintendente, señor Gilmel
00:52Álvarez Zapata.
00:53Ronald, yo te he convocado por este tema, eres vocero de la SUTRAN, pero no voy a dejar de preguntarte
01:00un tema que hemos denunciado hace instantes aquí en Exitosa, que es que las unidades de Conce Tour y de
01:07Toronto y que transportan pasajeros turistas entre Machu Picchu y Aguas Calientes utilizan, como ya hemos sabido anteriormente, revisiones técnicas,
01:17inspecciones de revisiones técnicas, digamos, fraudulentas.
01:20En principio fue en Arequipa, luego en Chanchamayo, cerraron la plancha de Chanchamayo, en Puno, y justo hoy hay una
01:29unidad que ha pasado la revisión técnica en Huánuco, sin embargo, está en Aguas Calientes.
01:34Como vocero de la SUTRAN, ¿qué podrías decirnos al respecto?
01:39Bueno, Tito, sí, nosotros hemos tomado nota de esta información, entiendo que el sábado pasado comentaste sobre estas incidencias que
01:47se han suscitado, hemos recabado información de las placas vehiculares que han estado involucradas,
01:54y en efecto, hemos iniciado algunas actividades vinculadas a la fiscalización del tipo de gabinete, y en este momento, bueno,
02:02obviamente como un tema estratégico no podría brindar mayor información sobre ello, ¿no?
02:07No obstante, quiero dejar claro que al tomar esta información que nos has puesto en conocimiento, nos está sirviendo para
02:14iniciar acciones de control de manera inmediata, ¿no?
02:18Podríamos plantear algún plazo, ya pasó una semana de la denuncia inicial, hoy he presentado una nueva unidad que ha
02:26pasado una revisión técnica, hoy mismo, 27 de junio, en Huánuco, o sea, ¿cuánto tiempo más tiene que investigar, validar
02:34la información, la SUTRAN, para, digamos, operar o para accionar?
02:40Mira, hay dos etapas que hay que tener en claro, ¿no? Hay una etapa que es la fiscalización y hay
02:45otra etapa que es el procedimiento sancionador.
02:48En la etapa de fiscalización se tienen que activar todas las acciones posibles para poder determinar la presunción de la
02:55responsabilidad administrativa,
02:57y sobre ello se recomienda la imputación, y luego viene otra etapa que también contiene plazos, que son plazos legales
03:04que no pueden ir por debajo de estos mínimos,
03:07y por lo tanto, una vez que tengamos un resultado, sea cual fuere, nosotros vamos a poner en conocimiento de
03:13la autoridad correspondiente
03:15para que se inicien las acciones, ya sea de tipo administrativo o de ser el caso hasta de tipo penal.
03:20Es lo único que yo podría brindar información, ¿no? Pero quiero dejar en claro nuevamente que si hemos tomado conocimiento
03:27de estas incidencias,
03:28hemos tomado acción de manera inmediata, y sobre ello ya estamos encaminando algunas acciones administrativas, ¿no?
03:34Claro, el Reglamento Nacional de Tránsito en la infracción M27 dice claramente,
03:39conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular
03:44es una infracción muy grave, 50% de una UIT, dos mil setecientos cincuenta soles actualmente.
03:52¡Exitosa!
03:5350 puntos en el récord de conducir internamiento del vehículo, porque hay que conducir un vehículo que no cuente con
04:00el certificado.
04:01De hecho, esas unidades no cuentan con el certificado porque no han pasado in situ por la planta de revisión
04:06técnica
04:07para que les entreguen el certificado de inspección técnica vehicular.
04:11O sea, digamos, la policía asignada al control de tránsito también debería operar, digamos, casi de oficio,
04:18enterado de esta situación.
04:19O sea, ¿qué está esperando también la policía?
04:21Porque esta es una infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, ¿no?
04:23Y también la SUTRAN, los fiscalizadores de la SUTRAN, deberían hacer cumplir, digamos, el Reglamento Nacional de Tránsito.
04:29¡Exitosa!
04:31Sí, efectivamente. Como te digo, hay muchas variables en este caso particular, pero nuevamente quiero reiterar, ¿no?
04:40Son acciones que ya hemos tomado nota y están encaminadas a realizarse las acciones administrativas
04:46para poder llegar probablemente a un procedimiento sancionador, ¿no?
04:51Ok, Ronald, gracias. A ver, delincuentes estafan con el cuento de la papeleta.
04:55¿Qué debemos hacer los conductores para no caer en este cuento y terminar con nuestras cuentas vaciadas, Ronald?
05:01Mira, justo sobre lo que tú mencionas, algo muy importante es que oficialmente SUTRAN ha tomado conocimiento de 11 casos,
05:10exactamente 11 casos, en las cuales 6 hemos derivado a nuestro procurador público,
05:16dado que es el encargado de defender los intereses de la entidad.
05:19Y de estos 6 casos, 4 ya están en trámite, es decir, ya están con la fiscalía.
05:25Y de estos 4 casos, 2 ya tienen una sentencia condenatoria, es decir,
05:30se ha determinado la responsabilidad penal de las personas que están involucradas en estos delitos penales.
05:36Hay que tener en cuenta que la modalidad que han utilizado probablemente esta banda criminal
05:42o las personas que han estado involucradas en estos delitos,
05:44que ha sido básicamente por falsificación de documentos, es mandar correos masivos a muchos usuarios
05:51y aprovechando probablemente alguna base de datos a la cual han accedido probablemente también de manera irregular,
05:58es que han comunicado por correo electrónico y han simulado inclusive logos institucionales,
06:05la paleta de colores, precisando que el usuario que recibe el correo electrónico
06:09esté involucrado en la presunta comisión de una infracción al tránsito exactamente por exceso de velocidad.
06:15Pero cuando uno revisa, y hay que tener en cuenta esto para los usuarios que nos están escuchando,
06:19cuando uno revisa este correo electrónico hay que tener en cuenta algo.
06:24Uno, no hay que desesperarse.
06:26Segundo, hay que validar esta información porque es muy importante validarle
06:29antes de continuar con cualquier trámite, porque algunas personas lamentablemente por desconocimiento
06:36continúan con la tramitación, es decir, ingresan a un link, ingresan a una pasarela de pagos,
06:44consignan datos probablemente de las tarjetas de débito o de crédito
06:47y a veces realizan estos depósitos a unas cuentas que obviamente no corresponden
06:51a las cuentas institucionales de SUTRAN.
06:53Y, obvio, esta situación también no se ha visto afectada también SUTRAN,
06:57sino también el SAT, donde hay usuarios que también presuntamente
07:01habrían cometido infracciones al tránsito y se les ha solicitado el pago
07:04de la presunta infracción, ¿no?
07:06Y, bueno, categórico.
07:08Claro.
07:08Justo un amigo cercano se acercó hace unos días y me dijo,
07:11Tito, esto es falso, ¿no?
07:13A ver, le digo, y me enseña, y lo voy a poner en pantalla,
07:16porque el correo viene de p.fiscamóvil, ¿no?
07:20Para el usuario, y dice, está ahí, digamos, el logotipo de la SUTRAN,
07:26superintendencia de transporte terrestre de personas cargas y mercancías.
07:29Estimado usuario, nuestro sistema ha detectado un retraso en el pago
07:33relacionado con la violación del código de tránsito registrada con referencia,
07:39información, dice, 2025, y colocan como una suerte de asterísticos,
07:45por exceso de velocidad detectado por radar automático.
07:48O sea, información errónea, información que no se utiliza, ¿no es cierto?
07:52Radar automático.
07:54El importe de la multa de ese slash o soles 413 aún no ha sido pagado, ¿no?
08:02Puede ver todos los detalles y proceder al pago a través de nuestro portal seguro.
08:06Transcurrido este plazo, los incrementos se aplicarán automáticamente
08:10de conformidad con el artículo 142-B del código de tránsito, dice.
08:14Y abajo dice, verificar la multa, en caso de falta de pago,
08:18el importe se aumentará a 1.028 soles dentro de 72 horas.
08:23Se descontará 6 puntos de su licencia de conducir.
08:27Es decir, información totalmente errónea, colocada simplemente así,
08:32porque sí, ¿no es cierto?
08:33Porque la inflación por exceso de tránsito es mínimo 990 soles,
08:37no hay descuento, no hay pronto pago, ¿no es verdad?
08:41Acá dice código de tránsito, es reglamento nacional de tránsito,
08:45es decir, información sumamente irreal, falsa.
08:52Efectivamente, Tito, bien has tenido por leer los correos electrónicos
08:55que están llegando de este tipo, y hay algo que tener claro, ¿no?
08:59En primer lugar, las infracciones de tránsito por los montos que se han precisado
09:02son, primero, equivocados, ¿no?
09:04Una infracción al tránsito, de acuerdo al supuesto, puede variar entre el 18, 24
09:09y si el 50% del valor de un OIT.
09:12Evidentemente, el monto que está cocinado al correo electrónico
09:14difiere del valor que te estoy mencionando, ¿no?
09:18Y segundo, el remitente.
09:20El remitente es una cuenta, evidentemente, que ha sido falsificada
09:23o se ha utilizado datos que no son correctos.
09:26No usan el dominio de SUTRAN.
09:27Luego que te mencionaba algo que yo quería comentarte, ¿no?
09:30Como tú bien lo sabes también, SUTRAN tiene dos competencias principalmente.
09:34Una competencia de fiscalización y una competencia de sanción.
09:37En ese marco de funciones, la SUTRAN interactúa con los usuarios,
09:42con los administrados, bajo dos mecanismos naturalmente con ellos.
09:49¿Cuáles son estos?
09:49Uno es a través del depósito de una notificación en la casilla electrónica
09:55en la que un administrado previamente se ha registrado, ¿correcto?
09:59Y luego está la notificación tradicional que establece la ley de procedimiento administrativo
10:04que se realiza en un domicilio, ya sea un domicilio real o un domicilio
10:08que está, digamos, consignado en un título habilitante.
10:11Entonces, estas son las dos únicas formas de interacción de la SUTRAN con los administrados.
10:15Por lo tanto, cualquier comunicación que difiera de estos mecanismos,
10:21evidentemente ya va a generar una credibilidad de que esta comunicación no es verdadera,
10:26sino es una comunicación falsa, y eso es algo que los usuarios también tienen que tener en cuenta, por ejemplo.
10:31Claro. Y los usuarios o los administrados también debemos informarnos un poquito más, ¿verdad?
10:36Leer de cuando en cuando las normas de tránsito, de reglamento nacional de tránsito,
10:40para no ser estafados o timados así tan burdamente, ¿no?
10:43Como bien dices, hay algunas personas que se asustan,
10:47¡ay, no voy a decir que me embarguen la cuenta o que me lleven el vehículo al depósito, ¿no?
10:52Sí, sí, efectivamente. Además de este tipo de comunicación que tú mencionas,
10:56hemos tomado conocimiento de los casos que te comenté,
10:59que habían inclusive unas pantallas con orden de captura,
11:03y en esta imagen se consigna un código QR,
11:07y ahí cuando uno ingresa este código QR, pues te lleva a una pasarela de pagos
11:11para que uno haga el depósito a una cuenta distinta, como te digo, a la entidad.
11:15Ahora, ¿qué sucede si llega este tipo de correos?
11:19El usuario, como bien señalamos, no debe asustarse,
11:23tiene que validar la información, puede utilizar varios mecanismos.
11:26Un mecanismo, por ejemplo, es primero, puede entrar a nuestra página web
11:30y hay un enlace que te dice el récord de infracciones,
11:33donde uno, un usuario, puede consignar el dato de una placa.
11:38El dato de la placa va a permitir establecer si es que el vehículo
11:42tiene una infracción al tránsito, específicamente por exceso de velocidad,
11:47y ahí vamos a verificar si evidentemente el vehículo está involucrado en este supuesto.
11:52Uno, no podemos hacer esto, ¿qué podemos hacer?
11:55Podemos ir a nuestra sede central o alguna sede que tenemos en las unidades concentradas
12:00a nivel nacional, puede coordinar con un gestor de atención
12:04y van a validar esa información.
12:06No podemos hacer eso, no podemos asistir de manera presencial,
12:09Bueno, ok, tenemos dos mecanismos digitales.
12:12El primer mecanismo es que puede llamar a nuestra central telefónica
12:16al número 2455 en el horario de lunes a viernes de 8 y media a 5 y media
12:23y un operador va a recibir la información que nos está comentando
12:27y va a validarla para poder verificar si la placa vehicular
12:30está involucrada en una presunta infracción al tránsito.
12:34No podemos hacer una llamada telefónica,
12:36que a veces es normal cuando hay un tráfico de llamadas.
12:40Podemos reenviar esta comunicación electrónica
12:44a nuestro canal también digital en el correo electrónico.
12:48Pueden escribirnos a comunícate arroba sutran punto gov punto p
12:53y ahí también tenemos dos operadores que se encargan de validar esta información
12:57y les vamos a responder indicando que en efecto
12:59estas comunicaciones no son verdaderas para darle tranquilidad al usuario.
13:06SUTRAN, teléfono 2455 o en todo caso al correo comunícate arroba sutran punto gov punto p.
13:14Así es, Tito.
13:16Ahora, ¿en qué circunstancias la SUTRAN embarga la cuenta de un administrado?
13:24Correcto.
13:24Como te mencionaba, cuando uno comete una infracción al tránsito,
13:29se inicia un procedimiento sancionador.
13:32Terminado el procedimiento sancionador y donde se determina la responsabilidad administrativa,
13:36evidentemente puede haber una responsabilidad de tipo pecuniaria,
13:39es decir, hay que pagar un monto en razón a la infracción.
13:42Entonces, esto se hace exigible normalmente cuando el expediente ya se encuentra en la etapa de ejecución coactiva,
13:50es decir, adquirió firmeza, correcto, y pasa a esta etapa de ejecución coactiva.
13:56Una vez que inicia el procedimiento de ejecución coactiva,
13:58el ejecutor coactivo, de acuerdo a su estrategia legal, puede disponer el embargo de la cuenta.
14:04Y lo mismo, esa interacción del ejecutor coactivo que representa la entidad,
14:09se hace a través de una comunicación oficial.
14:12Ya lo mencioné, ya sea a través de la casilla electrónica o a través de una notificación en el domicilio.
14:19Perfecto.
14:22Las infracciones que impone SUTRAN, una es por velocidad a través de los cinemómetros en la red vial.
14:28Esas infracciones, esas multas, no tienen descuento de pronto pago.
14:32Las otras infracciones sí, como por ejemplo, no utilizar las luces en la carretera.
14:39Sí. A ver, hay algunas infracciones en el reglamento que están tipificadas.
14:45Las que son muy graves, evidentemente no tienen ningún descuento.
14:49Las que son graves o leves, tienen un descuento inclusive en la etapa administrativa.
14:54Es decir, antes de que concluya el procedimiento sancionador,
14:57el administrador puede acogerse y puede acceder a los beneficios inclusive del pronto pago.
15:01Pero una vez culminada, digamos, la etapa procedimental y ya se encuentra la etapa coactiva,
15:07lo que corresponde es que el ejecutor inicie las acciones legales, puede determinar el embargo de la cuenta
15:13y no solo aplicar el valor de la sanción, sino también los costos y costas que establece la norma.
15:21Perfecto. Yo voy a pedirte, Ronald, que escuches la radio para conocer la historia del señor Emilio Ruiz Garriazo.
15:31Él llamó por teléfono, me parece que el martes, en la secuencia que yo tengo con Catius Catorce,
15:37ahí va martes y jueves a las doce y media, para contar un hecho sumamente anecdótico.
15:43A él le impuso la SUTRAN una infracción por no encender las luces.
15:47Él pagó los cincuenta y siete soles y cuatro años después la SUTRAN le embarga su cuenta seiscientos treinta y
15:54siete soles
15:55porque investiga y le dice que debiste haber pagado los cincuenta y siete punto doce céntimos.
16:04Parece que en el banco redondeó el monto de los cincuenta y siete y no consignó cincuenta y siete punto
16:10doce
16:10y para la SUTRAN o para la base de datos de la SUTRAN es como si esa infracción no hubiese
16:16pagado.
16:17El señor va a estar aquí en unos momentos más, nos va a contar su historia, pero ¿qué pasa?
16:21¿Los software, los programas son distintos del Banco de la Nación con el de la SUTRAN?
16:28Discúlpame, no te escuché la última pregunta.
16:31Digo, ¿por qué es que finalmente la SUTRAN embarga un monto mayor como si él no hubiese pagado la cuenta
16:37o mejor dicho la infracción y termina pagando o le terminan embargando la cuenta seiscientos treinta y siete soles?
16:45Entiendo, con hemoras, con intereses, ¿no? Con costos, lo que eso supone no pagar una infracción.
16:51La infracción fue cometida, me parece, que en el año dos mil diecinueve.
16:54¿Va a estar en algún momento acá el señor para que nos cuente su caso?
16:58Ya, correcto. Bueno, tendríamos que tomar nota y revisar el caso de manera particular.
17:04Lo que sí te podría decir es que cuando un usuario realiza un pago al Banco de la Nación, por
17:11ejemplo,
17:13en algún momento en el tiempo probablemente la entidad no tenía o no contaba este servicio de pago al banco
17:20y esta información viajaba de manera automática por un pago a través de base de datos a la SUTRAN.
17:26Entonces, puede haber alguna incidencia que se puede solucionar.
17:30No obstante, ojo, ¿qué implicaba esta situación?
17:33Que cuando el administrado puede haber realizado el pago, lo que pudo haber realizado es comunicar el pago a la
17:41entidad
17:41para acreditar efectivamente que ha realizado este depósito.
17:46Y si hubiera algún monto faltante, evidentemente tendría que abonar lo que falte.
17:52Ahora, en la actualidad esas incidencias ya han sido superadas.
17:56No podría yo establecer en qué fecha ha realizado el pago al caballero.
18:00Sin embargo, vamos a tomar nota del caso una vez que el señor se presente
18:06para poder atenderlo de manera personalizada y poder verificar qué es lo que ha sucedido.
18:11Porque sí, pueden haber estos inconvenientes que se paga pero no se comunica,
18:15dado que puede ser un pago antiguo.
18:19Pero estas incidencias en la actualidad ya han sido superadas.
18:22Porque normalmente cuando uno va al banco, da el número de la papeleta
18:26y a partir de eso se vincula el pago con esa papeleta y ya figura en nuestro sistema.
18:34Una última consulta, Ronald.
18:36¿Por qué cuando una infracción, una papeleta ya cumplió los cuatro años, no caduca de manera automática?
18:44¿Por qué el administrado tiene que hacer todos los trámites?
18:46Justo recibió una llamada telefónica hace unos días acá con Catiusca, Torres Aibar,
18:51y el administrado no podía revalidar su licencia de conducir porque había una papeleta,
18:56pero esa papeleta ya había sido impuesta en el año 2019 y obviamente habían pasado ya más de cuatro años
19:02y debería estar prescrita o ya debía haber caducado.
19:05Sin embargo, ¿por qué el administrado tiene que hacer todavía el trámite?
19:08¿Por qué no utiliza un software, un programa automático para evitar, digamos, tanto trámite para el usuario?
19:17Bueno, en el caso particular que mencionas, lo que corresponde es que se tenga que verificar en el expediente
19:23la trazabilidad de todo el procedimiento que se ha llevado desde la fecha en la que se notificó
19:30y tal vez cualquier remedio procesal que el administrado considere aplicar que también son válidos,
19:36que pueden darse supuestos de nulidad, de prescripción, que son válidos y que son evaluados por los abogados
19:42resolutores o en la etapa de ejecución coactiva.
19:45Entonces, yo creo que en este caso, igual si se solicita, por ejemplo, la prescripción,
19:51tiene que ser requerida por el mismo ciudadano, ¿no?
19:53De lo contrario, el monto, mientras que no se exija su prescripción, sigue vigente, ¿no?
20:00Eso lo establece la misma norma en este caso.
20:02Muy amable, Ronda. Gracias. Gracias por estar en la hora de volante.
20:05Será hasta una próxima.
20:05Muchísimas gracias. Que tengamos buenas noches.
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